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Autónomos6 min de lectura

Cuota de autónomos en 2026: qué cambia y qué se queda igual

Sin Presupuestos nuevos, los tramos de 2025 siguen vigentes. Sube una décima el tipo y el techo de los tramos altos. Qué pagas, cómo se calcula tu tramo y cuándo cambiar de base.

Desde 2023, los autónomos cotizan según sus rendimientos netos: cuanto más ganas, más alto es el tramo y más alta la base mínima por la que cotizas. La tabla estaba fijada hasta 2025. Para 2026 no hay Presupuestos Generales nuevos, y el Real Decreto-ley 3/2026 resolvió la cuestión de la forma más sencilla: prorrogar la de 2025.

Así que la respuesta corta es que cambia poco. Pero ese poco se paga cada mes, y hay decisiones —el tramo que declaras, cuándo cambiarlo— que sí dependen de ti.

Los tramos no se mueven

Los quince tramos son los mismos de 2025, con los mismos límites de rendimientos y las mismas bases mínimas. Los recoge el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026, la orden de cotización de este año. Tres ejemplos:

  • Con rendimientos de hasta 670 € al mes, primer tramo de la tabla reducida, la base mínima es de 653,59 €.
  • Entre 1.166,70 € y 1.300 €, primer tramo de la tabla general, es de 950,98 €.
  • Por encima de 6.000 €, el último tramo, es de 1.928,10 €.

Puedes cotizar por una base más alta, siempre dentro de la máxima de tu tramo.

Lo que sí cambia

  • El tipo sube una décima, del 31,40 % al 31,50 %, porque el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) pasa del 0,80 % al 0,90 %, y en los autónomos corre entero de tu cuenta. El resto de tipos no cambia.
  • La base máxima de los dos tramos más altos sube de 4.909,50 € a 5.101,20 €, porque se ajusta al tope del Régimen General.
  • Si cotizas también como asalariado, la Seguridad Social te devuelve la mitad de lo que tus cotizaciones por contingencias comunes superen los 17.323,68 € al año, con sus límites. En 2025 el umbral era de 16.672,66 €.

En euros, la décima del MEI supone entre 0,65 € y 1,93 € más al mes si cotizas por la base mínima, según el tramo.

Cuánto pagas con la base mínima

Aplicando el 31,50 % a la base mínima de cada tramo, con todas las contingencias cubiertas y sin bonificaciones, la cuota mensual queda así. Son cifras orientativas, calculadas por nosotros: la Seguridad Social no publica una tabla de cuotas.

  • Primer tramo de la tabla reducida: 205,88 €.
  • Primer tramo de la tabla general: 299,56 €.
  • Cuarto tramo de la general, de 1.700 € a 1.850 €: 360,29 €.
  • Octavo, de 2.760 € a 3.190 €: 452,94 €.
  • Último tramo, más de 6.000 €: 607,35 €.

Cómo se calcula tu tramo

El tramo no depende de lo que facturas, sino de tus rendimientos netos: en estimación directa, el rendimiento neto de tu actividad más lo que pagas de cuota de autónomos. Si tributas por módulos, o si eres socio de una sociedad, hay reglas propias: con módulos cuenta el rendimiento neto previo (el minorado, en las actividades agrarias), y a los socios se les suma lo que cobran de la sociedad por su trabajo y por su participación. A eso se le resta un 7 % de gastos genéricos, que baja al 3 % si eres administrador o socio con control de una sociedad mercantil, o socio de una sociedad laboral, y has estado de alta al menos 90 días en el año que se regulariza, según el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social. El resultado, dividido entre doce, es el que se compara con la tabla.

Cuándo conviene cambiar de base

Al principio eliges tramo con una previsión, y puedes cambiarla hasta seis veces al año, según el artículo 45 del Reglamento de cotización. El cambio no es inmediato: surte efecto el 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre o enero, según el bimestre en que lo pidas. Si lo pides ahora, en noviembre o diciembre, se aplica desde el 1 de enero.

Merece la pena revisarlo cuando tus ingresos se desvían de lo previsto, porque al final se regulariza con lo que ganaste de verdad:

  • Si cotizaste por debajo de la base mínima del tramo que te corresponde, la Seguridad Social te reclamará la diferencia. Si la pagas antes de que acabe el mes siguiente a la notificación, no hay recargo ni intereses.
  • Si cotizaste por encima de la base máxima de ese tramo, te devuelve la diferencia de oficio y sin intereses, antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que la Agencia Tributaria (AEAT) le comunica tus rendimientos.
  • Si quedaste dentro de tu tramo, no se toca nada.

Para tus prestaciones, de la jubilación al cese de actividad, cuenta la base definitiva, la que queda después de regularizar. Si elegiste una base más alta y sigue dentro del tramo que te corresponde por lo que ganaste, se mantiene. Si supera el máximo de ese tramo, baja a ese máximo y te devuelven la diferencia. Solo quien a 31 de diciembre de 2022 ya cotizaba por una base superior a la de sus rendimientos puede pedir que se mantenga, hasta esa base de 2022 y renunciando a la devolución. Se pide hasta el último día del mes siguiente a la notificación, según el artículo 46 del Reglamento de cotización.

La regularización ya está en marcha

La comparación entre lo que cotizaste y lo que ganaste se hace cuando la AEAT comunica tus rendimientos a la Seguridad Social, a partir del año siguiente al que se refieren. La de 2023 empezó en octubre de 2024. La de 2024 se notificó entre enero y marzo de 2026, y las devoluciones terminaron el 15 de abril, según la Seguridad Social. La de 2025 seguirá el mismo camino cuando la AEAT comunique los rendimientos de ese año.

Si te das de alta ahora: la tarifa plana

Quien se da de alta por primera vez, o tras dos años sin estarlo —tres si ya la disfrutó—, paga una cuota reducida durante doce meses. Puede alargarse otros doce si prevés que tus rendimientos netos en ese segundo periodo queden por debajo del salario mínimo anual, que en 2026 es de 17.094 €. No es automático: hay que pedirlo antes de que empiece, con una declaración de esa previsión, y si al final los superas, se regulariza la cuota de ese año, según el artículo 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

La ley deja el importe de esa cuota a los Presupuestos. Los 80 € al mes que todo el mundo conoce se fijaron para 2023, 2024 y 2025, y 2026 no tiene Presupuestos propios. Antes de darte de alta, confirma con la Seguridad Social el importe que te van a aplicar.

Datos a 4 de noviembre de 2026, según la normativa vigente en esa fecha.

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